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Como consecuencia de ello, se encomendó a la AFIP la creación de un plan de pagos especial en 9 cuotas, para las obligaciones de contribuciones patronales y del Impuesto al Valor Agregado correspondientes a los períodos fiscales de agosto a noviembre de 2023, aplicable a los contribuyentes mencionados en el decreto, cuya primera cuota tendrá su vencimiento en marzo de 2024.
Por otra parte, en relación al Impuesto sobre los Créditos y Débitos, se establece una reducción de alícuotas del 2,50% y 5% para créditos y débitos en cuenta corriente y otras operaciones, respectivamente, durante 90 días a partir del 1° de septiembre de 2023 hasta el 31 de marzo de 2024, para empleadores de instituciones de salud.
Asimismo, se prevé la exclusión automática de los beneficios establecidos para aquellos sujetos que cobren aranceles adicionales a los establecidos por la Superintendencia de Servicios de Salud en el Acuerdo de Compromiso de Cuotas, entre el 1° de septiembre y el 31 de diciembre de 2023.