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Se aprueba el proyecto de modificación de la ley de alquileres
En el día de hoy, la Cámara de Diputados retomó el proyecto de modificación de la ley de alquileres, el cual había regresado de la Cámara de Senadores con cambios respecto al texto original.

En esta ocasión el dictamen mayoritario, respaldado por el oficialismo y que incluía las modificaciones realizadas en el Senado, fue aprobado por la Cámara de Diputados para dar lugar así a las modificaciones que ahora deberán ser promulgadas por el Poder Ejecutivo.

Entre los puntos más salientes, se destaca que el nuevo texto de la ley mantiene el plazo de 3 años para los contratos de alquiler, pero permite que los ajustes se hagan con la frecuencia que sea acordada por ambas partes, siempre y cuando no sean inferiores a 6 meses.

Po otra parte, para la actualización de los precios del alquiler, se utilizará el coeficiente de “Casa Propia”, un indicador empleado por el Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat. Este coeficiente se calculará tomando en cuenta la menor variación entre el 0.9% del Coeficiente de Variación Salarial publicado por el INDEC y la variación del Coeficiente de Estabilización de Referencia divulgado por el Banco Central de la República Argentina.

Asimismo, la ley también establece que los contratos deben expresarse en moneda nacional y prohíbe la publicidad de alquileres en cualquier medio o plataforma que no utilice esta moneda.

En términos fiscales, la normativa exime del pago del monotributo a los ingresos derivados exclusivamente de la locación de hasta 2 propiedades y, además, los inmuebles destinados al alquiler quedan exentos del impuesto sobre los bienes personales.

En lo que respecta al impuesto a los débitos y créditos bancarios, se establece que las cajas de ahorro o cuentas corrientes utilizadas únicamente para transacciones relacionadas con la locación de inmuebles destinados a vivienda, y cuyos contratos estén debidamente registrados, estarán exentas de este impuesto.

Por último, se agrega que la ley permite a las partes deducir un 10% del monto anual del contrato de alquiler del impuesto a las ganancias.

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