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Distintos motivos de índole personal, familiar, económico y profesional, motivan cada vez a más personas y familias argentinas a radicarse en países extranjeros. Además de las evidentes consecuencias personales que trae la relocalización, una de las consultas más frecuentes es por las consecuencias fiscales. ¿En qué momento se puede dar la baja ante AFIP? ¿Se deja de tributar en Argentina? ¿AFIP concede la tranquilidad de prestar conformidad con el cambio de residencia? ¿Cuántos días puedo pasar en Argentina sin tener problemas con el fisco?
El criterio para pagar impuestos en Argentina es de renta mundial para los residentes, y territorial para los no residentes. Esto significa que los residentes pagan impuestos por sus bienes y rentas de todo el mundo, y los no residentes exclusivamente por sus bienes y rentas situados o generados en Argentina. Sin embargo, existen muchos países donde predomina un criterio territorial aun para los residentes, o bien existen regímenes promocionales para los nuevos residentes, como las “vacaciones fiscales” o el régimen para “residentes no habituales” que ofrecen Uruguay y Portugal respectivamente. Esto, sumado a la tendencia a nivel global de cobrar impuestos sobre las rentas y no sobre los patrimonios, suele generar un menor nivel de tributación para el argentino que decide radicarse en el exterior, especialmente si sus bienes y rentas se sitúan y generan fuera de Argentina.
Los bienes que quedan en Argentina siguen sujetos al impuesto sobre los bienes personales, con una particularidad. Como el ex residente deja de estar sujeto a impuestos, para la baja ante AFIP debe designar a un “responsable sustituto”, quien deberá declarar y pagar el impuesto sobre los bienes personales del ex residente sobre sus bienes situados en Argentina. Las rentas que provengan de Argentina, por otra parte, quedan sujetas al régimen de retención por ser el ex residente un “beneficiario del exterior”, por lo que debiera comunicar al pagador su cambio de residencia, y éste debiera practicarle una retención impositiva.
El momento de la baja ante AFIP debe planificarse y seleccionarse cuidadosamente de acuerdo a uno de dos criterios legalmente reconocidos. Por un lado, la baja puede darse por adquisición de residencia migratoria permanente en otro país, y la mudanza física allí. Existen casos en los que el certificado de residencia no se puede obtener, como cuando se posee nacionalidad de un país europeo y la mudanza es hacia Europa, por lo que se recomienda producir documentación adicional que acredite la residencia permanente. En otros casos, por ejemplo, Estados Unidos debe analizarse en qué situación se ingresa al país -tipo de visado, residencia permanente, o ciudadano- para establecer la fecha y el tipo de baja en Argentina. Por otro lado, la baja ante AFIP puede tramitarse también por el transcurso de 12 meses en el exterior, cuya acreditación involucra la producción de documentación consular y migratoria, idealmente en ambos países.
Es importante además notar la diferencia entre la pérdida de residencia fiscal argentina, la residencia migratoria, y la adquisición de residencia fiscal en el otro país. La pérdida de residencia fiscal se produce por uno de los dos supuestos ya comentados, y como se mencionó es crucial acreditarla adecuadamente para resguardarse de planteos de AFIP. Por otra parte, la residencia migratoria permanente es un permiso que otorga el país extranjero para que el nacional argentino resida allí. Finalmente, la residencia fiscal del país extranjero se obtiene de acuerdo a las reglas de cada país, generalmente vinculadas a la cantidad de días que se transcurre en el año y/o a la actividad económica desarrollada o bienes que se tienen en ese país, y cada jurisdicción tiene su propio procedimiento para obtener un certificado de residencia fiscal. Este certificado puede ser una pieza clave en caso que AFIP dudara de la efectiva residencia fiscal del ex residente argentino, por lo que suele ser recomendable analizar los requisitos del país para otorgarlo y realizar el trámite.
Realizada la baja ante AFIP, ésta no presta conformidad, sino que la baja se asemeja a una declaración del contribuyente, sujeta a una eventual fiscalización si AFIP pusiera en duda dónde debe pagar sus impuestos realmente el ex residente. Así, es fundamental tomar todos los resguardos posibles para evitar una situación de doble residencia fiscal, es decir que, a pesar de declarar y pagar sus impuestos en el exterior, AFIP pretenda alcanzar al ex residente como si fuera residente en Argentina, por sus bienes y rentas de todo el mundo. Para esto existe una serie de reglas denominadas “de desempate”, por las que se evalúan principalmente parámetros familiares, económicos y personales en ambos países para determinar con qué país la persona mantiene mayores lazos, además de los días transcurridos en cada país. Pero esto no resulta una ciencia exacta, por lo que cada persona o familia deberá planificar sus propios pasos en cada país para protegerse del modo más adecuado a su situación y proyectos de corto y largo plazo.
Si estás pensando en radicarte en el exterior y te gustaría recibir asesoramiento, no dude en contactarnos para que podamos ayudarte a planificar tu situación fiscal.