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AFIP reglamentó la compensación de las contribuciones patronales con el impuesto a los débitos y créditos
Mediante la Resolución General 5405 de la AFIP, se establece un mecanismo para que las microempresas puedan utilizar hasta un 30% del impuesto sobre créditos y débitos bancarios como un pago a cuenta del 15% de las contribuciones patronales, en línea con el Decreto 394/2023.

Según esta reglamentación, las microempresas que se categoricen como “272 – Micro Empresas Ley 25.300” en el servicio “Sistema Registral” al final del mes en que se generen las contribuciones de seguridad social, pueden realizar esta compensación.

Para ello, al completar la declaración jurada en el sistema “Declaración en línea”, deberán especificar el monto del impuesto sobre créditos y débitos que desean utilizar como pago a cuenta, siendo este monto limitado al 15% del saldo a pagar en concepto de contribuciones patronales al SIPA y al 30% del impuesto mencionado.

Importante mencionar que solo se podrá aplicar el impuesto percibido durante el mismo período en que se cancelan las contribuciones, y se destaca la posibilidad de aplicar percepciones del 31 de julio de 2023 a las contribuciones de agosto de 2023.

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